CORRECCIÓN de errores de la Orden de 22 de mayo de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico para la Comunidad Autónoma de Aragón.
Advertidos errores materiales en la orden arriba indicada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", núm. 125, de fecha 27 de junio de 2013, se procede a su subsanación en los siguientes términos:
En la página 16294, donde dice:
A075: Idioma profesional: ingles1
A076: Idioma profesional: ingles 2
Debería decir:
A075: Lengua extranjera profesional: ingles 1
A076: Lengua extranjera profesional: ingles 2
En la página 16365, donde dice:
Anexo: IV
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico al amparo de la Ley Orgánica 2/2006.
ANEXO V A)
Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio, con los módulos profesionales para su convalidación.
NOTA: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidados los módulos profesionales "1058. Técnicas y procesos de montaje y mantenimiento de equipos electrónicos" y "1059. Infraestructuras y desarrollo del mantenimiento electrónico".
Debería decir (página 16365):
ANEXO IV
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico al amparo de la Ley Orgánica 2/2006.
ANEXO V A)
Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio, con los módulos profesionales para su convalidación.
NOTA: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidados los módulos profesionales "1058. Técnicas y procesos de montaje y mantenimiento de equipos electrónicos" y "1059. Infraestructuras y desarrollo del mantenimiento electrónico".
En la página 16366, donde dice:
ANEXO V B)
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación.
Debería decir (en la página 16366):
ANEXO V B)
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación.